Deducciones Impuesto a la Renta Personas Naturales | Perú
Deducciones adicionales FV-709 | SUNAT | 2025
Omar Arroyo
3/29/20252 min read
Si tus ingresos anuales superan las 7 UIT, puedes reducir tu Impuesto a la Renta en Perú deduciendo gastos en:
Restaurantes, bares y hoteles.
Servicios médicos y odontológicos.
Servicios profesionales y oficios.
Alquiler de inmuebles.
Aportaciones a EsSalud por trabajadoras/es del hogar.
El monto deducible se calcula según el tipo de gasto, con un límite de 3 UIT (S/ 16,050 en 2025). Esta deducción adicional ayuda a reducir el impuesto a pagar o generar un saldo a favor.
Consulta de Gastos Deducibles en SUNAT Perú
Puedes verificar tus gastos registrados en la plataforma de SUNAT Perú ingresando a www.sunat.gob.pe o al App Personas con tu RUC y Clave SOL.
Condiciones para la Deducción de Gastos
1. Restaurantes, Bares y Hoteles
Se deduce el 15% del gasto.
Es necesario contar con boleta electrónica o factura con DNI o RUC.
El establecimiento debe estar activo en SUNAT y con la condición de habido.
Para consumos de S/ 2,000 o US$ 500 a más, el pago debe ser bancarizado.
Los comprobantes deben emitirse hasta el 31 de diciembre de 2025.
2. Servicios Médicos y Odontológicos
Se deduce el 30% del gasto.
Se requiere recibo por honorarios electrónico.
Aplica para gastos de hijos menores de 18 años, hijos con discapacidad (registrados en CONADIS), cónyuge o concubino/a.
Si el pago es de S/ 2,000 o US$ 500 a más, debe ser bancarizado.
Comprobantes válidos hasta el 31 de diciembre de 2025.
3. Servicios Profesionales y Oficios (Cuarta Categoría)
Se deduce el 30% del pago.
Se requiere recibo por honorarios electrónico.
No aplica a directores de empresas, regidores municipales, gestores de negocios, entre otros.
Para pagos mayores a S/ 2,000 o US$ 500, debe usarse un medio bancarizado.
Comprobantes emitidos hasta el 31 de diciembre de 2025.
4. Alquiler de Inmuebles
Se deduce el 30% del pago, incluyendo IGV si aplica.
No aplica a inmuebles usados exclusivamente para negocios.
Si el arrendador es persona natural, debe emitir el Formulario 1683.
Si el arrendador es empresa, debe emitir factura electrónica.
Se puede atribuir hasta el 50% del gasto al cónyuge o concubino/a con el Formulario Virtual N° 709 en SUNAT.
5. Aportaciones a EsSalud por Trabajadores del Hogar
Se deduce el 100% de la aportación (9% del sueldo).
Se requiere el Formulario N° 1676.
La inscripción del trabajador debe hacerse en SUNAT Virtual o el MTPE.
Si eres trabajador en planilla (quinta categoría) y no tienes RUC, puedes acceder con tu DNI y Clave SOL.
Funciones disponibles en la plataforma:
Registrar gastos deducibles.
Modificar boletas de venta electrónica en restaurantes y hoteles.
Eliminar ítems de alquileres, servicios profesionales y aportaciones a EsSalud.
Verificar información de gastos.
Atribución de Gastos a Cónyuge o Concubino/a
Para alquileres, se pueden atribuir al cónyuge o concubino/a informando a SUNAT con el Formulario Virtual N° 709.
La condición de concubino/a debe estar registrada en la oficina registral correspondiente.
Importante:
Si un gasto no aparece en la plataforma, puedes registrarlo manualmente en tu Declaración de Renta 2025.
Los gastos pueden tardar hasta 07 días en aparecer en el sistema de SUNAT Perú.
Para deducir gastos en restaurantes, bares y hoteles, el establecimiento debe tener esta actividad registrada en su Ficha RUC.
Para más información, puedes consultarnos en nuestra web.