DL 1669 MODIFICACION PLAZO DE 12 MESES FACTURAS | PERU | IGV | REGISTRO DE COMPRAS

MODIFICACION DE LA LEY DEL IGV

Omar Arroyo

10/5/20243 min read

a woman sitting at a table with lots of papers
a woman sitting at a table with lots of papers

El sábado 28 de septiembre de 2024, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo N° 1669, que introduce importantes cambios en la normativa tributaria, específicamente en la manera de llevar el Registro de Compras y el Registro de Ventas.

Este decreto tiene como objetivo mejorar el control y la supervisión de la información tributaria, adaptándose a la era digital que atraviesa el país. A continuación, te explicamos los puntos clave de esta nueva norma y cómo afectará a los contribuyentes.

Principales modificaciones en la anotación de comprobantes en el registro de compras | Perú

Uno de los cambios más relevantes del Decreto Legislativo 1669 es la eliminación del plazo de 12 meses que los contribuyentes tenían para registrar los comprobantes de pago y documentos tributarios en el Registro de Compras. Ahora, se han establecido nuevos plazos según el tipo de documento:

  1. Comprobantes electrónicos: Deberán ser registrados en el mismo mes en que se emitieron o se pagó el impuesto. Si no se cumple con este plazo, se perderá el derecho al crédito fiscal.

  2. Comprobantes físicos o no electrónicos: Podrán registrarse hasta dos meses después de su emisión o del pago del impuesto. Para documentos sujetos a sistemas especiales, como las detracciones, el plazo se extiende hasta tres meses.

  3. En el caso de los comprobantes afectos al sistema SPOT | Detracciones | Perú : Podrán ser anotados hasta los 03 meses siguientes al de su emisión.

El crédito fiscal deberá ejercerse, en todos los casos, en el mismo periodo en que se haya anotado el comprobante de pago.

El Decreto legislativo mantiene que no aplica a estos casos el principio de no pérdida del derecho al crédito fiscal por formalidades, pero también indica que no se perderá el derecho al crédito fiscal si la anotación del comprobante de pago se hace antes de que SUNAT requiera exhibir el registro de compras, salvo que lo lleves en forma electrónica.

Es decir, si no anotas o ejerces en el mes de emisión de tu comprobantes de pago electrónico en el registro de compras electrónico, lo perdiste, y no hay nada más que hacer.

Propuesta de SUNAT para los Registros de Compras y Ventas | Perú

El decreto también establece que, a partir de ahora, la SUNAT no solo preparará la propuesta del Registro de Ventas, sino también la del Registro de Compras. Los contribuyentes podrán confirmar, corregir o complementar la información dentro del plazo permitido. Si no realizan ninguna acción, la SUNAT generará automáticamente ambos registros, lo que determinará el IGV a pagar en ese periodo.

Este cambio implica una mayor automatización y control de la SUNAT sobre los registros tributarios, lo que ayudará a simplificar el proceso para los contribuyentes que no actualicen o corrijan la información enviada. En los casos de empresas con ventas gravadas y no gravadas, la SUNAT aplicará un cálculo proporcional del crédito fiscal si el contribuyente no recalifica el uso de sus adquisiciones.

Eliminación del plazo de 12 meses

Otro cambio significativo es la eliminación del plazo de 12 meses para registrar los comprobantes en el Registro de Compras. Esta medida tiene como objetivo reducir la informalidad y asegurar que los registros se mantengan al día, lo que garantiza que el crédito fiscal se aplique correctamente en cada periodo.

Con esta modificación, los contribuyentes deberán ser más ágiles al registrar sus documentos para evitar perder beneficios fiscales.

Impacto en la práctica contable y tributaria

El Decreto Legislativo 1669 entrará en vigencia cuando la SUNAT emita la resolución correspondiente que regulará los detalles sobre cómo los contribuyentes podrán confirmar, corregir o completar la información de los registros propuestos. Para las empresas, especialmente aquellas que manejan un gran volumen de comprobantes, esta norma representa un desafío, pero también una oportunidad para modernizar sus sistemas de contabilidad y garantizar el cumplimiento adecuado de sus obligaciones tributarias.

En resumen, el Decreto Legislativo N° 1669 trae consigo cambios importantes que buscan optimizar la fiscalización y el control de los registros tributarios, alineándose con la transformación digital en Perú. Estos ajustes representan tanto retos como oportunidades para los contribuyentes, quienes deberán adaptarse a los nuevos plazos y procedimientos para evitar sanciones y la pérdida de beneficios fiscales. La automatización del proceso por parte de la SUNAT promete simplificar la gestión tributaria, pero también exige una mayor diligencia en el cumplimiento de las obligaciones contables y fiscales.