IGV en Restaurantes 2026: Nuevo 10.5% y lo que debes hacer en tu negocio

IGV en Restaurantes 2026: Nuevo 10.5% y lo que debes hacer en tu negocio | SUNAT | IGV

Omar Arroyo

2/19/20263 min read

IGV en Restaurantes 2026: Nuevo 10.5% y lo que debes hacer en tu negocio

Si tienes un restaurante en Perú, es importante que revises tu facturación y tu declaración mensual, porque este 2026 se ha generado un cambio relevante en la tasa aplicable del IGV para restaurantes acogidos a la tasa reducida.

El ajuste del componente del IPM (Impuesto de Promoción Municipal) ha llevado a que la tasa pase de 10% a 10.5%. Aunque la diferencia es de solo 0.5%, el impacto puede ser mayor de lo que parece si no se aplica correctamente.

En este artículo te explicamos, de forma clara y práctica, qué significa este cambio y qué debes hacer para evitar problemas con la SUNAT.

¿Por qué ahora es 10.5% y no 10%?

En el Perú, el IGV está compuesto por dos partes:

  • 16% de IGV

  • 2% de IPM

Total general: 18%.

En el caso de los restaurantes con tasa especial, se venía aplicando el 10%. Sin embargo, al modificarse el componente del IPM, la tasa efectiva aplicable a este sector se ajusta a 10.5%.

Esto no es un nuevo impuesto, sino un ajuste técnico dentro de la estructura del IGV.

El problema práctico: sistemas y PDT 621

El principal inconveniente que se ha presentado es que muchos restaurantes ya habían facturado con 10% cuando la tasa correcta era 10.5%.

Además, el formulario de declaración mensual (PDT 621 – IGV Renta Mensual) necesitaba adecuaciones para reflejar correctamente la nueva tasa, generando dudas entre los contribuyentes.

Las preguntas más comunes han sido:

  • ¿Declaro 10% o 10.5%?

  • ¿Qué pasa si ya emití comprobantes con 10%?

  • ¿Debo asumir la diferencia?

  • ¿Puedo regularizar?

¿Qué pasa si facturaste con 10%?

Si emitiste boletas o facturas con 10% cuando la tasa aplicable era 10.5%, hay un punto clave: el impuesto que no cobraste al cliente no podrás trasladarlo después.

En términos prácticos, el 0.5% lo asume el restaurante.

Ejemplo sencillo:

Venta: S/ 10,000
IGV 10%: S/ 1,000
IGV correcto 10.5%: S/ 1,050

Diferencia: S/ 50 que salen del margen del negocio.

En negocios gastronómicos, donde los márgenes suelen ser ajustados, este tipo de diferencias puede afectar directamente la rentabilidad mensual.

¿Y el crédito fiscal?

Si tu empresa recibió una factura de un restaurante que aplicó 10%, solo podrás utilizar como crédito fiscal el monto que figura en el comprobante.

No es posible calcular un 10.5% si no está consignado en la factura. Por eso, es importante que tanto quien vende como quien compra revisen la tasa aplicada.

Riesgos si no se corrige a tiempo

No adecuarse correctamente puede generar:

1. Diferencias en fiscalización

La SUNAT podría detectar inconsistencias entre las ventas declaradas y la tasa aplicada.

2. Tributo omitido

Si declaras menos impuesto del que corresponde, se genera una diferencia que puede incluir intereses.

3. Pérdida de utilidad

Si asumes el 0.5% por no haberlo cobrado, estás reduciendo directamente tu margen.

¿Qué debe hacer ahora un restaurante?

Como recomendación práctica:

1. Revisa tu sistema de facturación electrónica.
Asegúrate de que esté configurado con la tasa correcta de 10.5%.

2. Analiza las ventas ya emitidas.
Evalúa si aplicaste 10% y calcula el impacto financiero.

3. Revisa tu declaración antes de enviarla.
No declares automáticamente. Verifica que el cálculo del impuesto coincida con la tasa vigente.

4. Evalúa regularización si corresponde.
Dependiendo del caso, podría analizarse una nota de crédito o ajuste contable.

5. Busca asesoría especializada.
Cada régimen tributario tiene particularidades que deben revisarse caso por caso.

Impacto real en números

Muchos empresarios minimizan el 0.5%, pero en volumen anual puede ser relevante.

Si tu restaurante factura:

  • S/ 1,000,000 al año → impacto potencial de S/ 5,000

  • S/ 2,000,000 al año → impacto potencial de S/ 10,000

Ese monto puede representar una parte importante de tu utilidad neta.

Por eso, el cumplimiento tributario no es solo una obligación formal. Es parte de la gestión financiera estratégica del negocio.

Conclusión

El ajuste del IPM que lleva la tasa del 10% al 10.5% en restaurantes no debe tomarse a la ligera. Aunque parece un cambio pequeño, puede generar diferencias tributarias, afectar la rentabilidad y generar contingencias ante la SUNAT.

La clave es revisar tu facturación, validar tu declaración mensual y actuar con anticipación.

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Un pequeño error en impuestos puede convertirse en un problema grande. Mejor prevenir que corregir después.